12/05/2020

Corte Constitucional de Brasil suspende los desalojos de indígenas y parecer jurídico utilizado para anular demarcaciones

Parecer de la Advocacia General de la Unión – AGU venía siendo usado por el gobierno Bolsonaro para retroceder en la demarcación y abandonar a la defensa de comunidades indígenas en procesos judiciales

Indígenas do povo Xokleng e outros povos da região Sul acompanham audiência no STF. Foto: Tiago Miotto/Cimi

Indígenas do povo Xokleng e outros povos da região Sul acompanham audiência no STF. Foto: Tiago Miotto/Cimi

Por la asesoría de prensa del Cimi, con traducción de Sara Sánchez

En importante decisión liminar del día (7), el ministro del Supremo Tribunal Federal (STF) Edson Fachin suspendió los efectos del Parecer 001/2017 de la Advocacia General de la Unión (AGU) sobre todas las tierras indígenas de Brasil. La medida ahora está suspensa, determinaba la aplicación de la tesis del Marco Temporal e inviabilizaba la demarcación de grande parte de las tierras tradicionales en el país.

Establecido en el gobierno de Michel Temer, en 2017, el “Parecer Anti-demarcación” como lo bautizaron los indígenas, venía siendo usado por el gobierno Bolsonaro para paralizar las demarcaciones de tierras indígenas en proceso avanzado y justificar el abandono por parte de la Funai de la defensa de las comunidades indígenas en procesos judiciales.

La decisión liminar, que todavía deberá ser analizada de forma virtual por el pleno del STF, la Corte Constitucional de Brasil, es el resultado de un pedido realizado por el pueblo indígena Xokleng en el proceso de repercusión general sobre tierras indígenas, con el apoyo de diversas organizaciones indígenas e indigenistas y de derechos humanos reconocidas en el proceso como amicus curiae.

Suspensión de desalojos forzados durante la pandemia

En la misma solicitud, los indígenas y las organizaciones habían solicitado la suspensión de todos los procesos judiciales que podrían resultar en desalojos o en anulación de demarcaciones durante la pandemia del covid-19.

Esta solicitud ya había sido atendida el miércoles (6) por el ministro Fachin, que determinó la suspensión de todas las acciones y recursos sobre tierras indígenas hasta que el proceso de Repercusión General sea juzgado en la Corte Constitucional (STF), o hasta el fin de la pandemia, lo que suceda primero.

El ministro Fachin, en su decisión, recuerda que los indígenas sufrieron históricamente con las enfermedades traídas por los europeos y que “esas molestias fueron responsables, hasta recientemente, por aniquilar etnias enteras por todo el interior del país”.

Para el ministro, el riesgo de nuevas reintegraciones posesorias durante la pandemia agravaría la situación de los indígenas, “que pueden verse, de forma repentina conglomerados a orillas de las carreteras, con falta de asistencia y sin condiciones mínimas de higiene e de aislamiento para disminuir los riesgos del contagio por el coronavírus.

“Esta importante victoria de los indígenas en el STF garantiza una seguridad jurídica, una estabilidad jurídica a las comunidades que están bajo el riesgo de reintegración posesoria”, evalúa Rafael Modesto dos Santos, asesor jurídico de CIMI y uno de los abogados del pueblo Xokleng en el proceso.

“Esta decisión todavía necesita ser confirmada por los demás ministros de la Corte Constitucional – STF, más, de cualquier forma significa un paso importante  en la lucha por los derechos constitucionales de los pueblos indígenas”

Parecer anti – demarcación y el marco temporal

Además de aplicarse a las tierras indígenas las diversas condiciones del juicio del caso Raposa Serra do Sol – contra la determinación del Supremo Tribunal Federal, según el cual no debería ser extendido a otros casos de tierras indígenas – el Parecer 001 de la AGU determina que la tesis del marco temporal sea adoptada por toda la administración pública federal.

Esta tesis, que es defendida por los grandes terratenientes, busca reducir la demarcación de las tierras indígenas, y permite la demarcación de las tierras solamente donde los indígenas estaban presentes a partir de 1988. Considerado inconstitucional ya rechazado en varias disputas judiciales, inclusive en la Corte Constitucional (STF), el marco temporal propone, en la práctica, legitimar y legalizar las invasiones y las violencias que sufrieron los pueblos indígenas antes de la promulgación de la Constitución de 1988.

Por este motivo, el Parecer 001 de la AGU venía siendo objeto de manifestaciones de los pueblos indígenas desde su publicación en 2017. Bajo el gobierno Bolsonaro, por lo menos 17 tierras indígenas tuvieron sus procesos de demarcación devueltos de la Casa Civil y del Ministerio de Justicia para la Fundación Nacional del Indio – FUNAI – órgano federal que es responsable por la demarcación de las tierras indígenas en Brasil, con base en este Parecer 001.

En estos últimos meses, la Funai abandonó la defensa de los pueblos indígenas en diferentes procesos judiciales con base en el Parecer 001. Como fue en los casos de las tierras indígenas Palmas, del pueblo indígena Kaingang, Nhanderu Marangatu del pueblo indígena Guaraní Kaiowá y la tierra indígena Tupinambá de Olivença, del pueblo indígena Tupinambá.

Con la decisión de hoy, el Parecer 001 no podrá ser utilizado por el poder judicial y ni por el poder ejecutivo, explica  Adelar Cupsinski, abogado de CIMI y también abogado del pueblo indígena Xokleng en el proceso de repercusión general.

“Esta no es una decisión definitiva, pues todavía es necesario que sea confirmada por los demás ministros del Supremo Tribunal Federal, mas significa un paso importante en la lucha por los derechos constitucionales de los pueblos indígenas”, propone Adelar.

En el mes de febrero, la Corte Constitucional – STF a ya había suspendido los efectos del Parecer 001 de la AGU sobre la tierra indígena Ibirama La-Klãnô, del pueblo indígena Xokleng. La diferencia de ahora en la decisión, es que se extiende a todas las tierras indígenas de Brasil.

 

Repercusión General en el STF

En 2019, el STF reconoció la repercusión general del Recurso Extraordinario (RE) 1.017.365, que trata sobre el derecho de posesión del territorio del pueblo Xokleng. Esto significa que, la decisión tomada en este caso, podrá traer una decisión definitiva de la Corte Constitucional sobre el marco temporal y tendrá consecuencias para todas las tierras indígenas de Brasil.

Y el año pasado, el pueblo Xokleng fue reconocido y aceptado como parte en el proceso que tiene como relator al ministro Edson Fachin. “El hecho de que la comunidad indígena Xokleng haya sido admitida y reconocida como sujeto de derecho colectivo en este proceso, fue indispensable para conseguir esa decisión judicial, que beneficia a todos los indígenas de Brasil”, evalúa Cupsinski.

Para Basilio Priprá líder indígena Xokleng, la admisión de su pueblo como parte del proceso que discute la tierra indígena Ibirama La-Klãnô fue una decisión respetuosa del Supremo Tribunal Federal. “Sería importante, como fue para nosotros participar del proceso, que todos los otros pueblos indígenas también sigan la misma línea”, afirmó en la época.

“Es importante que los pueblos sigan atentos y en movilización, porque  existe todavía todo un desafío por delante”

Varias organizaciones indígenas, indigenistas e ambientalistas ya fueron admitidas en el proceso como “amigas da corte” y buscan influenciar a la Corte Constitucional para que ella reafirme el carácter originario de los derechos indígenas declarados en la Constitución Federal. Ellas también subscribieron el pedido que resultó en la reciente decisión de Fachin.

“Esa decisión del ministro Edson Fachin es bastante bienvenida  en este momento turbulento de la política indigenista del gobierno federal. Ese Parecer 001 era más una medida que venía reduciendo los derechos de los pueblos indígenas en Brasil, inclusive anticipándose al juicio de la repercusión general de la Corte Constitucional del país”, evalúa el secretario ejecutivo de CIMI, Antonio Eduardo de Oliveira.

A pesar de la victoria, la decisión al respecto del Parecer 001 de la AGU, todavía es preciso que sea confirmada por todos los ministros de la Suprema Corte, y existen todavía otras propuestas del Poder Executivo que todavía afectan con mucha gravedad los derechos de los pueblos indígenas de Brasil, como la Instrucción Normativa 09/2020 de la FUNAI, que permite el registro de propiedades privadas dentro de áreas indígenas en proceso de demarcación.

“Es importante que los pueblos indígenas continúen muy atentos y movilizados, porque todavía existe todo un desafío por delante, empezando por la Instrucción Normativa 09 de la FUNAI, que concede hasta el reconocimiento de las propiedades privadas dentro de los territorios indígenas”, afirma Oliveira.

 

Share this:
Tags: